REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 09 de Noviembre del año dos mil doce
202º y 153º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Expediente: GP02-L-2009-001609
DEMANDANTE: EDGAR PORTOCARRERO
DEMANDADA: SUPLIDORA DEL CAMPO, C.A.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la transacción que corre inserto a los autos del folio 587 al folio 589, realizado tanto por el apoderado judicial de la parte actora FREDDY COROMOTO LEON, inscrito en el IPSA bajo el N° 24.175, y por la otra parte el ciudadano: NESTOR CAMPERO TALAVO, titular de la cedula de identidad Nº 7.126.745, en su condición de Presidente de la demandada de autos, representados por su apoderado judicial FRANCISCO HERNANDEZ, IPSA Nº 54.639, en su carácter de auto, el tribunal de la causa deja constancia del acta manual en la cual se llego al acuerdo de Bs. 625.000,00, tal y como se indica y quienes solicitan la homologación y visto el cumplimiento el cierre del expediente. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 3:00 p.m.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR