REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Dos (02) de Noviembre de 2012
202° Y 153°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-001613
PARTE ACTORA: GERALDINE SOIZ QUERALES MORENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OSWALDO GALINDEZ VISCAYA
PARTE DEMANDADA: PANADERIA Y PASTELERIA PIZZERIA 9 DE MAYO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Dos (02) de Noviembre de 2012, oportunidad fijada para tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que el abogado en ejercicio OSWALDO GALINDEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 61.553, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GERALDINE SOIZ QUERALES MORENO, quien procedió a desistir en esta oportunidad, así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la entidad de trabajo PANADERIA Y PASTELERIA PIZZERIA 9 DE MAYO, representada por el ciudadano MAMAR KAHEL HNEDY, extranjero, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. 82.341.032, quien señaló ser el patrono.
En vista del desistimiento del apoderado judicial de la trabajadora y por cuanto no se han vulnerado los derechos irrenunciables de la misma derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,

Dra. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.
LA PARTE ACTORA.,

LA PARTE DEMANDADA.,
La Secretaria.,