REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Catorce (14) de Noviembre de 2012
202° Y 153°

ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-000506
PARTE ACTORA: GABRIEL UBALDO SILVA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESÚS ENRIQUE BELANDRIA
PARTE DEMANDADA: TIMECA, C.A. SERVICIOS Y SUMINISTROS INDUSTRIALES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NESTOR RONDON
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, Catorce (14) de Noviembre de 2012, oportunidad fijada para tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la empresa TIMECA, C.A. SERVICIOS Y SUMINISTROS INDUSTRIALES, representada por representada por el abogado en ejercicio NESTOR RONDON, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 11.134, en su carácter de apoderado judicial.
En vista de la incomparecencia del trabajador y por cuanto no se han vulnerado los derechos irrenunciables del mismo derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,

Dra. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.

LA PARTE DEMANDADA.,

La Secretaria.,
Abg. Dayana Tovar.