REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintiocho de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

ASUNTO: GP02-L-2012-002178
PARTE ACTORA: NIDIA JOSEFINA MATUTE
PARTE DEMANDADA: IMPREGILO, C. A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MAYRA MENENDEZ
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


Hoy, Veintinueve (29) de Diciembre de 2012, siendo las 09:00 a. m. día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR. En este estado la juez deja constancia que de las partes involucradas en este proceso, la parte ACTORA NO COMPARECIEO NI POR SI NI POR MEDIO DE APODERADO ALGUNO, vale decir, NIDIA JOSEFINA MATUTE; SI COMPARECIO la parte Demandada, IMPREGILO, C. A., en la persona de su Apoderado Judicial abogado MAYRA MENENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.617, quien consigna Poder que acredita su representación y a efectos videndi presentó su original para confrontarlo y que quede en autos certificado, Se estima de conformidad el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En consecuencia, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos establecidos, dándole efectos de Cosa Juzgada. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
El Juez

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS

Por la demandada,



LA SECRETARIA

Abg. MARIA ELENA FUENTES.