República Bolivariana de Venezuela
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO,
CON SEDE EN VALENCIA

Expediente:
GP02-O-2012-000168

Parte accionante:
Ciudadanos AURA RUÍZ, PACTY TOVAR, ILIANA MONTOYA, ELCIDA VÁSQUEZ y MARIANA FIGUEREDO, titulares de las cédulas de identidad números 9.149.933, 16.595.067, 18.232.815, 5.651.886 y 12.035.433, respectivamente, refiriendo actuar con la condición de trabajadores de la entidad de trabajo Pharsana de Venezuela, C.A.

Presunta agraviante:
Ciudadanos FREDDY ODUVER SOLÓRZANO ARTEAGA, JHONATHAN JOSÉ REYES MANZANO, CLAUDIMAR DEL CARMEN RETACO PALENCIA, MIGUEL ANTONIO MALDONADO MARCANO, JUAN MANUEL VEGAS HERNÁNDEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA DÍAZ, WENDERT ESMITH VALLADARES MEDINA y YONDY MANUEL SANTAMARÍA ASCANIO, titulares de las cédulas de identidad números 14.296.837, 13.103.984, 13.105.176, 15.196.211, 14.191.879, 19.417.624, 20.181.164, 14.636.219, respectivamente.


Motivo:
AMPARO CONSTITUCIONAL

I

En fecha 28 de septiembre de 2012, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, escrito contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos AURA RUÍZ, PACTY TOVAR, ILIANA MONTOYA, ELCIDA VÁSQUEZ y MARIANA FIGUEREDO, titulares de las cédulas de identidad números 9.149.933, 16.595.067, 18.232.815, 5.651.886 y 12.035.433, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Norma Carolina Arguello Díaz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 144.302, frente a la violación de derechos de rango constitucional que imputan a los ciudadanos FREDDY ODUVER SOLÓRZANO ARTEAGA, JHONATHAN JOSÉ REYES MANZANO, CLAUDIMAR DEL CARMEN RETACO PALENCIA, MIGUEL ANTONIO MALDONADO MARCANO, JUAN MANUEL VEGAS HERNÁNDEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA DÍAZ, WENDERT ESMITH VALLADARES MEDINA y YONDY MANUEL SANTAMARÍA ASCANIO, titulares de las cédulas de identidad números 14.296.837, 13.103.984, 13.105.176, 15.196.211, 14.191.879, 19.417.624, 20.181.164, 14.636.219, respectivamente.

A través de auto de fecha 27 de septiembre de 2012 se le dio entrada a la referida demanda mientras que, por auto de fecha 28 de septiembre de 2012, se le admitió y, en consecuencia, se ordenó la notificación del Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Carabobo, así como de los presuntos agraviantes, ciudadanos FREDDY ODUVER SOLÓRZANO ARTEAGA, JHONATHAN JOSÉ REYES MANZANO, CLAUDIMAR DEL CARMEN RETACO PALENCIA, MIGUEL ANTONIO MALDONADO MARCANO, JUAN MANUEL VEGAS HERNÁNDEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA DÍAZ, WENDERT ESMITH VALLADARES MEDINA y YONDY MANUEL SANTAMARÍA ASCANIO, titulares de las cédulas de identidad números 14.296.837, 13.103.984, 13.105.176, 15.196.211, 14.191.879, 19.417.624, 20.181.164, 14.636.219, respectivamente.

Luego de la constancia en autos del cumplimiento de las referidas notificaciones, mediante auto del 05 de noviembre de 2012, se convocó para el 08 de noviembre de 2012, a las 10:00 a.m., la celebración de la audiencia constitucional oral y pública.

Ahora bien, en el día de hoy, 08 de noviembre de 2012, a las 10:00 a.m., oportunidad indicada para la celebración de la audiencia constitucional, oral y pública, fue anunciado el acto por el alguacil Edgar Portocarrero, tanto en la sala adjunta a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral, como en el recinto adjunto al Archivo Central Unificado y al Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, habilitado como sala de audiencias.

En consecuencia, comparecieron los ciudadanos FREDDY ODUVER SOLÓRZANO ARTEAGA, JHONATHAN JOSÉ REYES MANZANO, CLAUDIMAR DEL CARMEN RETACO PALENCIA, MIGUEL ANTONIO MALDONADO MARCANO, JUAN MANUEL VEGAS HERNÁNDEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA DÍAZ, WENDERT ESMITH VALLADARES MEDINA y YONDY MANUEL SANTAMARÍA ASCANIO, titulares de las cédulas de identidad números 14.296.837, 13.103.984, 13.105.176, 15.196.211, 14.191.879, 19.417.624, 20.181.164, 14.636.219, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Finlay Alvarez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 101.900.

No obstante, no compareció la parte accionante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, a pesar de que se ha constatado que la convocatoria a la audiencia de juicio ha sido oportunamente registrada en las actas del expediente y, además, aparece correctamente reflejada en los sistemas de información que dispone el Circuito Judicial Laboral.

Finalmente compareció el abogado Jesús Rafael Montaner Riera, en su condición de Fiscal Auxiliar 81º del Ministerio Público 81º con competencia nacional en Derechos y Garantías Constitucionales y Contencioso Administrativo Nacional, quien solicitó se declare terminado el procedimiento por abandono del trámite, conforme Al criterio establecido en la sentencia Nº 7 del 1º de febrero de 2000 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, vinculante para todos los tribunales del país, en concordancia con el artículo 25 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

En consecuencia, dada la incomparecencia de la parte accionante, se declaró terminado el procedimiento, toda vez que los hechos alegados por la parte accionante no afectan el orden público constitucional o laboral, ni tampoco afecta las buenas costumbres, en los términos desarrollados por la doctrina de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 1207 del 6 de julio de 2001, al expresar que: “(...) el concepto de orden público a los efectos de la excepción al cumplimiento de ciertas normas relacionadas con los procesos de amparo constitucional, se refiere a la amplitud en que el hecho supuestamente violatorio del derecho o norma constitucional afecta a una parte de la colectividad o al interés general, más allá de los intereses particulares de los accionantes (...)”. Así se establece.

II
Decisión

En orden a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Terminado, por abandono del trámite, el procedimiento sustanciado con motivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos AURA RUÍZ, PACTY TOVAR, ILIANA MONTOYA, ELCIDA VÁSQUEZ y MARIANA FIGUEREDO, en la cual se señala como presuntos agraviantes a los ciudadanos FREDDY SOLÓRZANO, JHONATHAN REYES, CLAUDIMAR RETACO, MIGUEL MALDONADO, JUAN VEGAS, JOSÉ PEÑA, WENDERT VALLADARES y YONDY SANTAMARÍA, toda vez que los hechos alegados por la parte accionante no afectan el orden público.

No recae condenatoria en costas a la parte accionante por cuanto no se advierte que los accionantes devenguen más de tres salarios mínimos.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, a los ocho (08) días del mes de noviembre de 2012.

El Juez,

Eddy Bladismir Coronado Colmenares La Secretaria,

María Alejandra Guzmán Gimón

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 03:17 p.m.
La Secretaria,

María Alejandra Guzmán Gimón