REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL
TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


Valencia, 09 de mayo de 2012
202° y 153°

SENTENCIA DEFINITIVA


EXPEDIENTE GP02-L -2010-002321
DEMANDANTES RUBEN ANTONIO GONZALEZ GRANADA, JAVIER DARIO FERNANDEZ, RAFAEL ANTONIO PRIMERA LOPEZ, UGOLINO RIVAS, RAMON REINALDO ESCALONA FERNANDEZ, JOSE LUIS CARABALLO SEMPRUM, JHONNY JOSE CORNIELES DIAZ, JOSE RAFAEL MORILLO, JUAN CARLOS GRATEROL, JOSE DEL CARMEN ORTEGA y NICOLAS ANTONIO GALLARDO SANCHEZ titulares de las cedulas de identidad Nº. V-12.700.320, V-10.312.573, V-11.100.700, V-11.464.775, V-19.954.273, V-18.250.491,V-15.258.594, V-14.821.879, V-12.424.382, V-7.153.449 y V-10.732.130
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: ABOGADOS OSWALDO MANUEL CABRERA REYES y OSWALDO MIGUELCABRERA REYES inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 35.089 y 106.288, respectivamente. NO COMPARECIERON A LA AUDIENCIA DE JUICIO

DEMANDADA:
CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 22 de diciembre de 2004, bajo el No. 40, Tomo 82-A
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS EDUARDO PULIDO CANINO, PATRIZIA IMPERA CASCHETTO, RAUL EDUARDO GONZALEZ HERRERA, MARIA DE LOS ANGELES MOLINA OSTOS, NORELYS GARCIA GONZALEZ, DOUGLAS JOSE SILVA PACHECO, EDUARDO RODRIGUEZ WEIL, LUIS FERNANDO ALDANA JIMENEZ, VICTORIA ALEJANDRA OLIVEROS VARGAS, MARIA ANGELICA GAGGIA HERRERA, LISSET CAROLINA PEREZ CHACON y MARIA EUGENIA KATTAR HUECK, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: números 98.377, 144.363, 146.339, 124.525, 131.637, 99.948, 102.898, 141.899, 144.383 139.330, 159.727 y 144.339 en su orden.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Se inició el presente procedimiento en fecha 29 de octubre de 2010, en razón de la acción que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoaran los abogados OSWALDO MANUEL CABRERA REYES y OSWALDO MIGUEL CABRERA REYES en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos RUBEN ANTONIO GONZALEZ GRANADA, JAVIER DARIO FERNANDEZ, RAFAEL ANTONIO PRIMERA LOPEZ, UGOLINO RIVAS, RAMON REINALDO ESCALONA FERNANDEZ, JOSE LUIS CARABALLO SEMPRUM, JHONNY JOSE CORNIELES DIAZ, JOSE RAFAEL MORILLO, JUAN CARLOS GRATEROL, JOSE DEL CARMEN ORTEGA y NICOLAS ANTONIO GALLARDO SANCHEZ contra la empresa CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A..

Correspondió su conocimiento en fase preliminar al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, quien previo a la subsanación de la demanda la admitió en fecha 03 de diciembre de 2010, y ordenó notificar a la parte demandada.

En fecha 02 de febrero de 2011, se celebró la audiencia preliminar, donde se dejó constancia de la comparecencia de las partes, consignaron escritos de pruebas y se acordó su prolongación hasta el 14 de julio de 2011, cuando se dejó constancia de que no se logró la conciliación entre las partes.

El fecha 22 de septiembre de 2011, el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ordeno remitir el expediente a la URDD para su distribución entre los Juzgados de Juicio, donde le correspondió conocer al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, quien providencio las pruebas en fecha 07 de octubre de 2011.

En auto cursante al folio 392, de fecha 19 de marzo de 2012, se fijo la audiencia para el 08 de mayo de 2012.

Llegado el día 08 de mayo de 2012, siendo la 1:00 p.m. oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de Juicio se dejó constancia de la incomparecencia de la parte Actora, ni por si ni por interpuesto representante judicial, así mismo se dejó constancia de la comparecencia de la parte Accionada, por lo cual este Tribunal declaro DESISTIDA la demanda, ello de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y así se decide.

DECISIÓN

Por las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley DECLARA:
• DESISTIDA la demanda incoada por los ciudadanos RUBEN ANTONIO GONZALEZ GRANADA, JAVIER DARIO FERNANDEZ, RAFAEL ANTONIO PRIMERA LOPEZ, UGOLINO RIVAS, RAMON REINALDO ESCALONA FERNANDEZ, JOSE LUIS CARABALLO SEMPRUM, JHONNY JOSE CORNIELES DIAZ, JOSE RAFAEL MORILLO, JUAN CARLOS GRATEROL, JOSE DEL CARMEN ORTEGA y NICOLAS ANTONIO GALLARDO SANCHEZ contra la empresa CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
• No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA PARA SU ARCHIVO.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los nueve (09) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012). Año 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ,

ABG. JORGE ERNESTO SILVA SUAREZ

LA SECRETARIA,

Abog. YAJAIRA MARTINEZ

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 09:15 a.m.
LA SECRETARIA,

Abog. YAJAIRA MARTINEZ

EXPEDIENTE N° GP02-L-2010-002321
JESS/dc.