REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Siete (07) de Mayo de 2012
202° Y 153°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-001988
PARTE ACTORA: MIRIAM YURAIMA PERAZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROSAURA MARCANO
PARTE DEMANDADA: J.L. PARKING SERVICE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DAMELYD CADENAS y ALEJANDRA MIRABAL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy Siete (07) de Mayo de 2011, oportunidad fijada para tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, sin embargo se deja constancia de la presencia del Procurador de Trabajadores HARINTON LOPEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 101.258, quien comparece sin instrumento poder, así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada J.L. PARKING SERVICE, C.A., representada por la abogada en DAMELYD CADENAS, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 115.566, en su carácter de apoderada judicial. En vista de la incomparecencia de la trabajadora y por cuanto no se han vulnerado los derechos irrenunciables de la trabajadora derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ.,


Abg. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.

EL PROCURADOR DE TRABAJADORES.,


LA PARTE DEMANDADA.,
LA SECRETARIA.,


Abg. DAYANA TOVAR.,