PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 09 de Mayo del 2012
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


EXPEDIENTE: GP02-L-2010-002657
PARTE ACTORA: ABDON RODRGUEZ
ABOGADA APODERADO DE LA PARTE ACTORA :NO ACUDIO
PARTE DEMANDADA:HOTEL TACARIGUA C.A..
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACUDIO
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL


En el día hábil de hoy 09 de Mayo del 2012 siendo las 10:00 A.M. hora y fecha fijada para llevar a cabo la Audiencia Preliminar Primigenia, este Juzgado deja constancia, LA INCOMPARECENCIA DEL ACCIONANTE DE AUTOS ciudadano ABDON RODRIGUEZ titular de la cédula de identidad No.5.386.419 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo ésta es la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.
Notifíquese de la presente decisión al Ciudadano Procurador General de la Republica,

La Juez

Abg. GLADYS MIJARES LUY


La Secretaria,

Abg. AMARILIS MIESES MIESES