República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
202° - 153°


En el día de hoy 23 de mayo de 2012, siendo las 10:00 de la mañana, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogado ARNALDO ZAVARSE SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.142.125, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES CESANCA, C.A, en la sede donde funciona la entidad bancaria BANCO NACIONAL DE CREDITO, agencia centro comercial Aras, Nave B, Local 87-A-281, ubicada en la Avenida Michelena, Municipio Valencia del Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 3742, contentiva del decreto de EMBARGO PREVENTIVO, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, expediente Nro. 24.515. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana MARJORIE MACHADO CHIQUITO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.11.766.188, en su carácter de Gerente de Agencia, quien quedo notificada de la misión del tribunal. Seguidamente la parte actora abogado ARNALDO ZAVARSE SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.142.125, expone: Solicito de la notificada, informe al tribunal si la cuenta corriente Nro. 0191-0097-95-2197020005, perteneciente a la sociedad de comercio demandada CIVETCHI, C.A, posee saldo disponible a la fecha a los fines de que sea embargado preventivamente. Seguidamente la notificada ciudadana MARJORIE MACHADO CHIQUITO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.11.766.188, expone: Efectivamente la cuenta corriente Nro. 0191-0097-95-2197020005, señalada por la parte actora, pertenece a la sociedad mercantil CIVETCHI, C.A, y mantiene saldo a favor en la presente fecha. Seguidamente la parte actora abogado ARNALDO ZAVARSE SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.142.125, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES CESANCA, C.A, expone: Señalo al tribunal para ser EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, la cantidad de SETESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETESCIENTOS TREINTA Y DOS



BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 767.732,44) que se
encuentran abonados en la cuenta corriente Nro. 0191-0097-95-2197020005, perteneciente a la sociedad de comercio demandada CIVETCHI C.A, para lo cual solicito al tribunal pida a la entidad bancaria se sirva emitir un cheque de gerencia a nombre del tribunal de la causa. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, la cantidad de SETESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETESCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 767.732,44) que se encuentran abonados en la cuenta corriente Nro. 0191-0097-95-2197020005, perteneciente a la sociedad de comercio demandada CIVETCHI C.A, para lo cual la entidad bancaria Banco Nacional de Crédito, emite un cheque de gerencia signado con el Nro.50610171, cuenta Nro. 0191-0097-98-2597004252, de fecha 23 de mayo de 2012, a nombre del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Seguidamente, el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duró la práctica de la medida, no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los Derechos y Garantías Constitucionales de las personas, ordenando regresar a su sede, siendo las 11:30 de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ TITULAR LA NOTIFICADA
DRA. MAURICIA GONZALEZ


PARTE ACTORA


LA SECRETARIA
ABOG. YULYMAR FONSECA