REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 02 de Mayo de 2012
201º y 152º

Visto el contenido de la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO y sus recaudos anexos, presentada por el abogado HECTOR RAMOS MARTINEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 62.143, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana FRANCISCA AGUDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.286.040, el Tribunal para resolver hace las siguientes consideraciones:
Que en la presente demanda no reúne los requisitos del articulo 340 del Código de Procedimiento Civil, pues la demandada es ININTELIGIBLE es por lo que se DECLARA INADMISIBLE por ser contraria a derecho la demanda intentada por la ciudadana FRANCISCA AGUDO, antes identificada. Así se decide.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular

Abg. Juan Carlos López
Secretario