REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 30 de mayo de 2012
202º y 153º
Visto el desistimiento efectuado por la ciudadana MILAGROS CAROLINA VILLEGAS MONTERO, asistida por las abogadas DORYS VALLADARES y LIMER SORONDO, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº. 135.501 y 139.505, respectivamente y de este domicilio, el Tribunal da por consumado el Desistimiento efectuado y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, como se solicita se acuerda devolver las copias certificadas solicitadas marcadas A, B y C, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de las mismos, expídanse las copias de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio,
Abog. Omaira Escalona. La Secretaria,
Abog. Carmen E. Martínez.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria,
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