REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
ASUNTO: GP01-S-2008-001185
JUEZA: ABOG. BLANCA JIMÉNEZ
INVESTIGADO: EDGAR SE DESCONOCEN LOS DATOS
FISCALÍA: TRIGÉSIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: MARIA GRETGORIA SANCHEZ HERRERA
DECISIÓN: CESACIÓN DE MEDIDAS POR ARCHIVO FISCAL.
se observa que mediante escrito presentado por la Fiscalía 30º del Ministerio Publico en fecha 29/04/2.010, se DECRETO ARCHIVO FISCAL en la investigación seguida en contra del ciudadano: EDGAR SE DESCONOCEN LOS DATOS y solicita sean dejadas sin efecto las Medidas de Protección y Seguridad impuestas, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer, pasa a emitir pronunciamiento en los siguientes términos:
De revisión efectuada al Sistema Juris 2000, pudo precisarse que, efectivamente se notificó a este Tribunal de la Apertura de la investigación en fecha 29/09/2.008.
El Archivo Fiscal, es uno de los actos conclusivos, de la fase investigativa del sistema acusatorio, establecidos por el Legislador Penal Adjetivo, en su artículo 315:
“Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado o imputada a cuyo favor se acuerde el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes”.
Corresponde dentro de las atribuciones de la Vindicta Pública, ordenar el Archivo Fiscal, por tanto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en delitos de Violencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico procesal Penal, Declara la Cesación de cualquier Medida impuesta contra ciudadano EDGAR SE DESCONOCEN LOS DATOS, por el presente asunto. Y así se Declara. Líbrense las respectivas comunicaciones. Notifíquense a las partes.
Abog. Blanca Jiménez
Jueza Segunda de Primera Instancia en lo
Penal en Funciones de Control, Audiencias y Medidas.
Abog. José Gonzalez
Secretario