REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 28 de mayo de 2012
Años 202º y 153º
ASUNTO: GP01-S-2010-001259
JUEZA: ABG. FATIMA SEGOVIA.
FISCALIA: TRIGESIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
IMPUTADO: CLEMENTE SANTANA
DELITOS: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en el artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia.
VICTIMA: HEMILE ASCANIO SANCHEZ.
DEFENSOR PRIVADO: .Abg. José Castor Montilla.
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO.

Celebrada como ha sido la audiencia de sobreseimiento en fecha 28/05/2012, solicitado por la Fiscalía Trigésima del Ministerio Público, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 120 ordinal 7° y 323 del Código Orgánico Procesal Penal, se le cedió la palabra a la representante del ministerio público, Ratifico en este acto escrito de sobreseimiento presentado en fecha 21/12/2010, de conformidad con el artículo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la ley especial que rige la materia, en virtud que no existe la certeza de incorporar nuevos datos o elementos suficientes para sostener la acusación a favor del imputado, en consecuencia solicitó se decrete el sobreseimiento de la causa . Es todo.
Después de un explicación a las partes de lo que significa la solicitud formulada por la representación fiscal de sobreseimiento de la causa. Se le cedió la palabra a la ciudadana HEMILE ASCANIO SANCHEZ, victima en el presente caso para que esta de conformidad con lo previstos en los artículos 120 ordinal 7° y 323 de la Ley Penal Adjetiva exponga sus alegatos y de esta manera manifieste si está de acuerdo o en desacuerdo con lo solicitud fiscal, la mencionada ciudadana tomo la palabra y expone lo siguientes: “Si estoy de acuerdo con la terminación de este proceso y con la solicitud de sobreseimiento. Es todo.”
Acto seguido se le impone a los imputados del precepto constitucional, consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su numeral 5to, el cual establece “Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad...”, se le cede el derecho de Palabra al ciudadano CLEMENTE SANTANA, quien manifestó: “Se acoge al precepto constitucional “
Seguidamente se le concede la Palabra a la defensa abogado José Castor Montilla, quien expone: “Esta defensa una vez oída la solicitud efectuada por el Ministerio Publico, solicita se decrete el sobreseimiento, el cese de cualquier medida de coerción personal en relación a la presente causa y se libren los oficios respectivos. Es todo.”
Visto el contenido del acta de fecha 28/05/2012, mediante la cual se deja constancia de la celebración de la audiencia de sobreseimiento y una vez oídas las partes, la representante del ministerio publico ratificar la solicitud de sobreseimiento presentado ante este tribunal en fecha 21/12/2010, mediante el cual solicito el Sobreseimiento de la Causa a favor del ciudadano CLEMENTE SANTANA, por la comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana HEMILE ASCANIO SANCHEZ, conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 4º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, la víctima no oponerse a la solicitud del ministerio público, conforme a lo preceptuado en los artículos 120 numeral 7° y 323 ejusdem. Este Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: Riela a los folios uno y tres (01-03) de la presente actuación solicitud de sobreseimiento formulada por la Fiscalía Trigésima del Ministerio Publico del Estado Carabobo, a favor del ciudadano CLEMENTE SANTANA, por la comisión de los delitos de Violencia Psicológica Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, dicha solicitud fue presentada por ante este tribunal en fecha 21 de diciembre del año 2010
SEGUNDO: Asimismo, consta en el expediente folio once (11) auto de fecha 23 de diciembre del año 2010, mediante el cual este juzgado fija audiencia de sobreseimiento para debatir los fundamentos de la petición fiscal.
TERCERO: Se observa al folio treinta (30) de la presente causa acta de celebración de la audiencia de fecha 28 de mayo del 2012, mediante la cual la ciudadana HEMILE ASCANIO SANCHEZ, victima en el presente caso manifiesta su acuerdo con la solicitud de sobreseimiento formulada por la Fiscalía Trigésima del Ministerio Publico.
Ahora bien, visto el acuerdo manifestado en la oportunidad legal por la victima en el presente quien ha manifestado en viva voz en la sala de audiencia estar de acuerdo con la petición fiscal de sobreseer la causa seguida en contra del presunto agresor ciudadano CLEMENTE SANTANA, motivo por el cual quien aquí decide considera que lo procedente en el presente caso y ajustado a derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordina 4 del Código Orgánico Procesal Penal, es decretar el sobreseimiento. Y ASI SE DECIDE.


DECISIÓN
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en materia de Violencia contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano CLEMENTE SANTANA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de decisiones llevado por este Tribunal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

Abg. Fátima Segovia.
Jueza Primera de Primera Instancia
En Función de Control, Audiencia y Medidas

Abg. María Blanco
La Secretaria









ASUNTO: GP01-S-2010-001259

Hora de Emisión: 3:32 PM