ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2011-000468
PARTE ACTORA: GERMAN FRANCISCO PEROZO MOTA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MORELA IRENE PINEDA VILLALONGA
PARTE DEMANDADA: CBI VENEZOLANA S.A y TOYO ENGINEERING CORP C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EYDA ORTEGA y DONATO PINTO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIOES SOCIALES

Hoy, 04 de mayo de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, las empresas co-demandadas; CBI VENEZOLANA, S.A, representada por su apoderado judicial abogado MANUEL BELLERA, inscritos en el inpreabogados N° 10.902, asimismo, comparece la empresa demandada solidariamente; TOYO ENGINEERING C.A, representada por su apoderado judicial abogado, GUSTAVO NIETO, inscrito en el inpreabogados n°35.265, igualmente, se deja expresa constancia que el ciudadano alguacil hizo el llamado a las 09:00 am, y se verificó en dicho momento, la incomparecencia de la parte actora, ciudadano GEMAN FRANCISCO PEROZO, ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.




EL JUEZ


ABG. EUSTOQUIO JOSE YÉPEZ GARCIA





LA PARTE ACTORA LA PARTE DEMANDADA






LA SECRETARIA


ABG: DANILY ALVAREZ MAZZOLA