REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, uno de marzo de dos mil doce
201º y 153º

Nº de expediente: GP02-L-2011-002567
Parte demandante: ARGENIS GONZALEZ SILVA, titular de la cedula de identidad N° 7.865.431
Abogados que asisten a la parte demandante: Abogados: ASDRUBAL NUÑEZ Y MIRIAM DELGADO inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 86.933 y 110.822 respectivamente
Partes Demandadas:

INVERSIONES EDAC C.A, INGENIERIA PERLA C.A Y CONSTRUCTORA OPEN CAMP C.A.

Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy uno de marzo de dos mil doce de 2012, y siendo las 9:00 am, y la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar comparecieron el ciudadano ARGENIS GONZALEZ SILVA, titular de la cedula de identidad N° 7.865.431 en su carácter de demandante y asistido por los abogados ASDRUBAL NUÑEZ Y MIRIAM DELGADO inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 86.933 y 110.822 respectivamente; y en este acto en vista de la incomparecencia de las demandadas este Tribunal paso a revisar las Notificaciones de las mismas, y se desprende de la declaración del alguacil folios 20,22 y 24 del presente expediente que Notifico al ciudadano EDGAR BORIFACIO, titular de la cedula de identidad N° 8.606.004 como vigilante de las tres (3) demandadas, y en vista de la duda de esta juzgadora este Tribunal llamo al alguacil encargado ALFONSO SANCHEZ a los fines de verificar la notificación y de clarificar y el alguacil manifestó en este acto: que la única demandada que se encontraba plenamente identificada en ese domicilio es la INVERSIONES EDAD C.A, y es a la única a la que le fijo el Cartel de Notificación, este Tribunal en vista de lo expuesto por el Alguacil, este Tribunal REPONE la causa al estado en que el demandante aclare a este Tribunal la dirección exacta de las demandadas INGENIERIA PERLA C.A Y CONSTRUCTORA OPEN CAMP C.A.


LA JUEZ LOS COMPARECIENTES,




LA SECRETARIA