REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
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SOLICITANTE (S): MARIA RUBIELA MARTINEZ de CASTRO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.525.688, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio EDGAR RAFAEL REYES GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 150176, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 5300.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 07 de febrero de 2012, por la ciudadana MARIA RUBIELA MARTINEZ de CASTRO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.525.688, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio EDGAR RAFAEL REYES GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 150176, de este domicilio, mediante la cual solicita sea declarada “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” en su condición de madre sobreviviente del de cujus, GUSTAVO CASTRO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, identificado con la cédula de identidad Nro. V-11.809.479, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 16-11-2.011. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas las testigos ciudadanas SILVA NAYIBE ENRIQUETA y SEQUERA MENDOZA MARIA ELENA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.584.803 y V-6.829.283 respectivamente, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante, y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a la ciudadana MARIA RUBIELA MARTINEZ de CASTRO, ut supra identificada, como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” del de cujus, GUSTAVO CASTRO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, identificado con la cédula de identidad Nro. V-11.809.479, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 16-11-2.011, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 112, tomo III, Año 2.011, en los Libros de Registro Civil del Municipio Naguanagua, estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veintiséis (26) días del mes de marzo del año dos mil doce (2012). Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


ABG. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ G.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:05 horas de la mañana.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.

Exp. Nro. 5300.-
JGRG/mical.-