República Bolivariana de Venezuela

Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En horas de despacho del día de hoy Catorce (14) de Marzo del año Dos Mil Doce (2012), siendo las 10:20 a.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada Lucia D’Angelo y la Secretaria Yasmila Faria, en la sede donde funciona la Entidad Bancaria Banco Nacional de Crédito C.A., ubicada en la Avenida Bolívar, antigua Calle Constitución o Avenida Camoruco numero 125-20, Valencia, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de las abogadas: MAYRUB RUIZ, y GLORIA COBALEDA, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 54.707 y 47.986, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, en el cual ordenó medida de Embargo Ejecutivo, con motivo del recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano CRISTOBAL ENRIQUE URBINA PAEZ, Apoderado judicial de INVERSIONES TWENTY ONE C.A., contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución numero GRTI-RCE/DSA/2006-00016 del 31 de Julio de 2006, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Seguidamente las apoderadas actoras intervienen y exponen: “ “Señalamos para que sea embargada ejecutivamente la cuenta corriente numero 0191-0143612100002064, de la empresa INVERSIONES TWENTY ONE C.A, RIF: J30711202-6, y en su defecto la cuenta corriente 0191-0143632100006579, cuyo titular es el ciudadano: DOS SANTOS DA SILVA ALVARO, titular de la cedula de identidad numero 6.146.766, quien es socio de la Empresa INVERSIONES TWENTY ONE C.A. y responsable solidario de la misma, según se evidencia de copia simple del Registro de Información Fiscal, emanado del SENIAT, que a los efectos se consigna, responsabilidad solidaria que se hace valer según lo establecido en los artículos 27 y 28 del Código Orgánico Tributario ”. A continuación el Tribunal deja constancia que notifica de la misión a cumplir a la Gerente MARIA RIFEL, titular de la cedula de identidad numero 7.556.512, quien informa que la cuenta correspondiente a INVERSIONES TWENTY ONE C.A, se encuentra cancelada y la segunda cuenta suministrada si posee disponibilidad para el embargo. Seguidamente el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la




Circunscripción judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara embargado ejecutivamente el monto de QUINIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 505.417,86), y se solicita a la notificada expida cheque de gerencia a nombre del Tribunal de la causa, por la cantidad embargada y el cual será remitido al mismo. Igualmente se acuerda agregar a las presentes actuaciones la copia simple consignada y copia del cheque de gerencia expedido. Se deja constancia que el acta fue levantada en una LAPTO, COMPAQ PRESARIO 2100 y se utilizó una IMPRESORA HP (C8151A) PORTATIL, serial N° S/SMY7BD5Z1VF. Igualmente Tribunal considera cumplida su misión acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto, se restituye a su sede, se leyó, se terminó y conformes firman.
La Juez Titular,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.




Las abogadas Actoras
(Firmas Ilegibles)


La Notificada
(Firma Ilegible)





La Secretaria
(Firma Ilegible)

Abog. Yasmila Faria

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