REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 13 de marzo del 2012
201º y 152º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
N° DE EXPEDIENTE:GP02-L-2010-002358
Parte Actora: JOSE DOLORES BRICEÑO MONTILLA, ALEXIS OMAR RAMOS, ALEXIS RAFAEL MARQUEZ SECO, GUSTAVO ADOLFO SANCHEZ PEREZ, FREDDY ANTONIO HERNANDEZ GAMEZ, PABLO OCHOA, LUIS RAFAEL ANAYA RUDA, ANGEL XAVIER HERNANDEZ SOSA, HENRY ANTONIO LARA MEDINA, OSCAR DANIEL DELGADO ESCOBAR y JUAN CARLOS PEREZ GONZALEZ
Apoderado Judicial: LEONARDO MENDOZA, I.P.S.A Nº- 85.491, NO COMPARECIÓ
Parte Demandada: CONSTRUCTORA FAY, C.A.
Apoderado Judicial: LUIS GUILLERMO CURVELO, I.P.S.A Nº-22.402
Parte Demandada: SOLUCIONES INTEGRALES Y ESTRATEGICAS 30-12, C.A.
Apoderado Judicial: MARIA LORENA PAROLIN, I.P.S.A Nº- 48.627
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy 13 DE MARZO del 2012, siendo las 9:00 a.m día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, y se dejó transcurrir de manera integra un lapso de espera de 10 minutos, e igualmente se procedió a verificar los apuntes de agenda en la cartelera del Tribunal, Pág. Wed, y el propio expediente a los fines de verificar que efectivamente la presente audiencia estuviese debidamente fijada para el día de hoy, por lo que se deja constancia que por la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial, y por la parte demandada CONSTRUCTORA FAY, C.A se hizo presente el apoderado judicial abogado LUIS GUILLERMO CURVELO, I.P.S.A Nº-22.402, y por SOLUCIONES INTEGRALES Y ESTRATEGICAS 30-12, C.A. la apoderada judicial abogada MARIA LORENA PAROLIN, I.P.S.A Nº- 48.627 y el ciudadano ARMANDO AMENGUAL, C.I: Nº- 11.363.584 en su carácter de Director General,.-
Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, vista la incomparecencia de la parte actora este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 201 ° y 152 °.-
La Juez
Abg. Eylyn Rodríguez Rugeles-J
LA SECRETARIA
Abg. MARIA LUISA MENDOZA
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