ACTA
DE EXPEDIENTE: GP21-L-2011-000478
PARTE ACTORA: ROMELIO ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA
PARTE DEMANDADA: Asociación Cooperativa "Guardianes de Casa, R.L"
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE VILORIA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy dos de marzo de dos mil doce, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada Asociación Cooperativa Guardianes de Casa R.L; representada por el ciudadano, JORGE LUIS VILORIA ROBLES, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N°6.671.707, en su condición de presidente de dicha asociación, asistido por el abogado, ROQUE MENDOZA, inscrito en el INPREABOGADOS N° 113.313, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano, ROMELIO ROMERO, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N° 4.080.393, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado decimo primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo sede en puerto cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 201 °.
EL JUEZ
Abg. EUSTOQUIO JOSE YEPEZ GARCIA
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG: CARMEN VACCARO
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