REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, veintitrés de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: GP21-L-2011-000449
PARTE ACTORA: ANDERSON JOAN PEREZ SANCHEZ
ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTES DEMANDADAS: MCM CONSTRUCCIONES Y MONTAJES DE VENEZUELA, S.A.
APODERADA DE LA EMPRESA DEMANDADA: FABIOLA RONDON CIRCELLI
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 19 de marzo de 2012, siendo él, día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR, comparecieron a la misma, la parte demandada MCM CONSTRUCCIONES Y MONTAJES DE VENEZUELA, S.A., comparece su apoderada Judicial Abogada: FABIOLA RONDON CIRCELLI, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 107.406, asimismo, se deja expresa constancia de que la parte actora CIUDADANO, ANDERSON JOAN PEREZ SANCHEZ, titular de la cedula de identidad n° 20.980.053, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 201 °.
EL JUEZ
ABG. EUSTOQUIO JOSE YÉPEZ GARCIA
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG: DANILY ALVAREZ MAZZOLA
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