REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 12 de junio de 2012
202º y 153º
Visto el desistimiento efectuado por la abogada BERTHA TERESA ESPINOZA PADRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 56.575, de este domicilio, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana TIBAIDY ELIZABETH ORTEGA DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-3.044.206, de este domicilio, el Tribunal da por consumado el Desistimiento efectuado y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, como se solicita se acuerda tener el original del poder consignado para su vista y devolución, dejando en su lugar copia fotostática certificada del mismo. Igualmente se acuerda devolver la copia certificada solicitada marcada con la letra C y los originales marcados D, E, F y G, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos, expídanse las copias de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio,
Abog. Omaira Escalona. La Secretaria,
Abog. Carmen E. Martínez.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria,
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