TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Veintiséis (26) de Julio de 2012
202º y 153°

Nº DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-000737
PARTE ACTORA: ELADIO CARRERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LISELOTTE LEON DOMINGUEZ
PARTE DEMANDADA: MONTO SEGURIDAD, C. A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: MANUEL ROMERO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Vista la Transacción de fecha 25 de Julio de 2012, presentada por las partes MONTO SEGURIDAD, C. A., representada por su Apoderado Judicial MANUEL ROMERO AMPARAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 107.058, y por otra el ciudadano ELADIO CARRERA, titular de la cédula de identidad Nº 7.539.573, Representado por el abogado LISELOTTE LEON DOMINGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 11.997, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes, así como la copia de un cheque del Banco BOD, Nº 43003041, por Bs. 14.675,29 a nombre de la Trabajadora. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS

LA SECRETARIA,

Abg. TEYLU SEPULVEDA.