REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintisiete de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: GP02-L-2012-000691
PARTE ACTORA: JONAS GAVIDIA RAMIREZ.
PARTE DEMANDADA: VIGILANTES GUACARA C.A.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL Y PRESTACIONES SOCIALES.


Vista la diligencia de fecha 08 de Mayo de 2012 (folio 28), suscrita por la abogado CINDY HERNANDEZ TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 149.306; en su carácter de apoderada judicial de la parte actora; mediante la cual manifiesta que DESISTE del presente procedimiento; este Tribunal, una vez revisado el desistimiento formulado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda otorgarle la respectiva HOMOLOGACIÓN por considerar que se encuentra ajustado a derecho, que no vulnera los derechos del trabajador, ni normas de orden publico, teniéndose dicho desistimiento con EFECTOS DE COSA JUZGADA; y en consecuencia concluido el proceso.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZ,

ABG. FARIDY SUAREZ COLMENARES.



EL SECRETARIO,


ABG. JUAN CARLOS PEREZ.



En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 2.00 p.m.-



EL SECRETARIO,

JUAN CARLOS PEREZ.