REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

SOLICITANTE (S): ANGELA EUGENIA OJEDA OCHOA, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión Técnico Superior en Química, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.896.212, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio AYMARA MÁRQUEZ CHIRINOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.806.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 5495.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 09 de mayo de 2012, por la ciudadana ANGELA EUGENIA OJEDA OCHOA, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión Técnico Superior en Química, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.896.212, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio AYMARA MÁRQUEZ CHIRINOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.806, mediante la cual solicita sea declarada “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” en su condición de concubina legitima sobreviviente del de cujus YERICSON DANIEL MOLLETONES MORILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, identificado con la cédula de identidad Nro. V-15.299.961, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 25-09-2011. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos MALAVE INFANTE ALI ANTONIO y LEGON ARAPE LISBETT COROMOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-625.065 y V-7.131.434 respectivamente, por ante este mismo Juzgado promovidos por la parte solicitante, y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a la ciudadana ANGELA EUGENIA OJEDA OCHOA, ut supra identificada, como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” del de cujus YERICSON DANIEL MOLLETONES MORILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, identificado con la cédula de identidad Nro. V-15.299.961, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 25-09-2012, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 140, Año 2011, de los Libros de Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Valencia del Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los cuatro (04) días del mes de julio del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Temporal,


ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 08:45 horas de la mañana.-

La Secretaria Temporal,


ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.


Exp. Nro. 5495.-
JGRG/mi,cal.-