REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 27 de Julio del 2012
202º y 153º
Vista la diligencia que corre inserta en el folio (43) suscrita por la Abogada en ejercicio NAYRUBIS DEL CARMEN RODRÍGUEZ JIMÉNEZ inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 135.502 actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., parte demandante de autos y mediante la cual consigna para su vista y devolución el Poder que le fue conferido por la Sociedad Mercantil arriba mencionada. En consecuencia, ténganse para su vista y devolución el Original del Poder presentado para que surta el efecto de Ley dejándose en su lugar copia certificada del mismo. Asimismo visto el DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO efectuado por la Abogada arriba mencionada por ante este Tribunal, se dá por consumado el Desistimiento y acuerda tener el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que pone fin al presente proceso. En relación a la solicitud de la devolución de los Originales; el Tribunal acuerda la devolución de los recaudos solicitados, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos, expídanse las copias de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisoria,


Abog. Omaira Escalona

La Secretaria Titular,


Abog. Carmen E. Martínez

En la misma fecha se hizo lo ordenado.-

La Secretaria Titular,


Abog. Carmen E. Martínez