EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 09 Febrero de 2012.-
201° y 152°
SOLICITUD N°: 6640
MOTIVO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: JUAN JOSE BETANCOURT LOZANO, titular de la cedula de identidad N° Nro. V- 9.830.720
ABOGADA ASISTENTE: SILVIA M. MOLINA G, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.501
En relación a la solicitud presentada por el ciudadano JUAN JOSE BETANCOURT LOZANO, titular de la cedula de identidad N° Nro. V- 9.830.720, venezolano, mayor de edad, asistido por la abogada SILVIA M. MOLINA G., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.501, actuando en su carácter de sobrino, del de-Cujus JOSE LUIS MARTINEZ CAZORLA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 355.093, falleció ab-intestato, el día 12 de marzo del 2011. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovido por la mencionada ciudadana, dejando a salvo los Derechos de Terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO” al ciudadano JUAN JOSE BETANCOURT LOZANO, titular de la cedula de identidad N° Nro. V- 9.830.720, en su condición de sobrino del de-Cujus JOSE LUIS MARTINEZ CAZORLA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 355.093. Y ASÍ SE DECIDE. Devuélvanse las actuaciones al solicitante, expídanse las copias certificadas del presente expediente, procédase de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, firmando la secretaria cada uno de sus folios y al pie de la certificación.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los nueve (09) día del Mes de febrero de 2012. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ Provisorio,
Abg. YOVANI G. RODRIGUEZ C. La Secretaria Titular
Abg. SALLY E SEGOVIA MOSKALA.
En la misma fecha siendo las 11:30 am., se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. SALLY E SEGOVIA MOSKALA
YGRC/SESM/yc.
Exp. 6640-
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