REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.




EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 07 de Febrero de 2012.-
201° y 152°

Verificado como ha sido el transcurso de los diez (10) días de despacho concedido a las partes solicitantes en la presente causa, sin que las mismas hayan comparecido dentro del lapso establecido para ratificar el hecho a que se contrae esta solicitud de DIVORCIO 185-A. Este Juzgado Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo Integran y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: TERMINADO el presente procedimiento de DIVORCIO 185-A que solicitaran los ciudadanos: ELIZABETH LOPEZ FERNANDEZ e YSAAC YSABEL NACERO LOPEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.146.064 y V- 7.267.618, debidamente asistida por la abogado SANDRA DIAZ INFANTE, inscrito en el IPSA bajo el N° 22.438. Y ASÍ QUEDA DECIDIDO.- En consecuencia, remítase el presente expediente al Archivo de este Tribunal, a los fines de su desincorporación en la oportunidad legal. Cúmplase con lo ordenado. Publíquese y regístrese.

LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. YOVANI G. RODRIGUEZ C,

LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. SALLY E SEGOVIA MOSKALA

En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el fallo anterior. Se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 8:30 de la mañana.-
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. SALLY E SEGOVIA MOSKALA

Sol. Nº 7700
YGRC/SESM/yc