REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.




EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 24 de Febrero de 2012
201° y 153°
PARTE SOLICITANTE: NEIKY ORAIMA BOHORQUEZ GONZALEZ, VIDALIA ROSALY BOHORQUEZ GONZALEZ, RANDY DIXON BOHORQUEZ GONZALEZ, RICKY DEIVYS BOHORQUEZ GONZALEZ Y EDDISON ENRIQUE BOHORQUEZ GONZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.582.695, V- 15.333.504, V- 15.746.843, V- 15.977.158 y V- 14.999.093, respectivamente y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: MARICELIS GUEDEZ GRANADILLO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 134.956 y de este domicilio.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA. (INCOMPETENCIA EN RAZON DE LA MATERIA)

EXPEDIENTE: Nº 6794.

En fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil once (2011) se recibe por distribución la presente solicitud junto con sus anexos, interpuesta por los ciudadanos NEIKY ORAIMA BOHORQUEZ GONZALEZ, VIDALIA ROSALY BOHORQUEZ GONZALEZ, RANDY DIXON BOHORQUEZ GONZALEZ, RICKY DEIVYS BOHORQUEZ GONZALEZ Y EDDISON ENRIQUE BOHORQUEZ GONZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.582.695, V- 15.333.504, V- 15.746.843, V- 15.977.158 y V- 14.999.093, asistidos por la abogada MARICELIS GUEDEZ GRANADILLO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 134.956.
En fecha 05 de diciembre de 2011 se le da entrada y se tiene para proveer.
En fecha 16 de diciembre de 2011 se ordena tomar la declaración de los testigos que presente la parte solicitante y se libre un cartel de emplazamiento, en el Diario el Universal.
En fecha 30 de enero de 2012, consigan cartel de emplazamiento publicado.
En fecha 16 de febrero se evacuan los testigos presentados por la parte solicitante.
Estando la solicitud en estado de sentencia, el Tribunal luego de un análisis exhaustivo observa lo siguiente, que en el escrito de solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos NEIKY ORAIMA BOHORQUEZ GONZALEZ, VIDALIA ROSALY BOHORQUEZ GONZALEZ, RANDY DIXON BOHORQUEZ GONZALEZ, RICKY DEIVYS BOHORQUEZ GONZALEZ Y EDDISON ENRIQUE BOHORQUEZ GONZALEZ , recae igualmente sobre la niña VIANCA ZARAY BOHORQUEZ SIERRA, de catorce (14) años de edad, quien es hija del de cujus VIDAL ENRIQUE BOHORQUEZ PIRELA, titular de la cedula de identidad N° V- 4.534.574, quien falleció ab-intestato el día doce (12) de abril del dos mil nueve (2009).
Por tal motivo este Juzgador en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos y ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA, para tramitar y resolver
la presente solicitud, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil y lo dispuesto en la LEY DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (LOPNNA), así como en la Resolución N° 2009-0006 de fecha 02 de Abril de 2009, específicamente en su Artículo 3. En consecuencia, DECLINA la competencia al Juzgado distribuidor de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a quien se ordena remitir el Expediente original en su oportunidad de Ley junto con Oficio.
Publíquese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero de dos mil doce. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,


Abg. YOVANI G RODRIGUEZ C,

LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. SALLY E SEGVIA MOSKALA,
En la misma fecha se dictó la anterior decisión, se publicó la misma a las 10:00 de la mañana, se archivó la copia respectiva.


LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. SALLY E SEGOVIA MOSKALA,



Exp. N° 6794
YGRC/SESM/yc