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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO  OCTAVO DE PRIMERA  INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
 Valencia, Once (11) de Enero de 2012
 201° Y 152°
 
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-001852
 PARTE ACTORA: JOSE VASQUEZ
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YRENE ROMERO
 PARTE DEMANDADA: PAPELES VENEZOLANOS, C.A
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
 MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO
 
 Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano JOSE VASQUEZ, en su carácter de parte actora y asistido por la abogada en ejercicio YRENE ROMERO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 34.473, mediante la cual desiste del procedimiento instaurado, este Tribunal antes de pronunciarse observa lo siguiente:
 Que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, en consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
 
 LA JUEZ.,
 
 Abg. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.
 
 La secretaria.,
 
 Abg. Dayana Tovar.
 
 
 
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