En horas de despacho del día de hoy, ONCE (11) de Enero de dos mil Doce (2012), siendo las 09:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble constituido por un Local Comercial distinguido con el N° 34, ubicado en el Centro Comercial Cedeño, Avenida Bolívar cruce con Cedeño, Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del Abogado ROBERTO HERNANDEZ BAZAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.270, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano HANNA HATEM KAYSARIE, a los fines de dar cumplimiento a la medida innominada ordenada por el comitente, que consiste en PONER EN POSESION INMEDIATA al ciudadano HANNA HATEM KAYSARIE y/o mediante uno o cualquiera de sus Apoderados. Presente el ciudadano JHONNY XAVIER FESTHER MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 16.053.490, quien manifestó ser Arrendatario del inmueble, se le notificó de la misión a realizar. En este estado interviene el Abogado Roberto Hernández Bazán y expone: Solicito del Tribunal se sirva ponerme en posesión del inmueble donde se encuentra constituido. En este estado se hace presente el Abogado Antonio Chávez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.982, a los fines de asistir al notificado. Interviene el ciudadano JHONNY XAVIER FESTHER MARTINEZ, quien asistido por el abogado ANTONIO CHAVEZ, expone: Solicito deje constancia que en el inmueble donde se encuentra constituido funciona INVERSIONES MARIA GALINDEZ, C.A., en plena actividad comercial. El Tribunal se encuentra acompañado de una comisión policial de la policía del Estado Carabobo (2 Funcionarios) a cargo de la Oficial Agregada Carmen Esqueda, Placa N° 2422. El Tribunal solicitado como ha sido por el notificado se deja constancia que ciertamente en la entrada del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal existe un letrero en la parte superior de donde se evidencia que funciona la Sociedad de Comercio INVERSIONES MARIA GALINDEZ, C.A., desde que el Tribunal se encuentra constituido varios transeúntes han pedido información respecto al servicio que el mismo se presta. En este estado el Tribunal insta al notificado proceda a trasladar los bienes que se encuentran dentro del local comercial. El notificado asistido de abogado expone: Voy a trasladar todos los bienes bajo mi propia cuenta y riesgo al local 53, ubicado en el mismo Centro Comercial Cedeño, reservándome todas las acciones pertinentes en contra del propietario del local, así como también en contra de la Sociedad de Comercio Centro Comercial Cedeño. Siendo las 3:30 de la tarde interviene el Abogado Roberto Bazán, y expone: Solicito de Tribunal sea habilitado todo el tiempo necesario para continuar con la práctica de la medida. El Tribunal a solicitud del Abogado Roberto Bazán, declara habilitado todo el tiempo necesario para continuar con la práctica de la medida. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte y ordenado por el comitente PONE EN POSESION DEL INMUEBLE constituido por un Local Comercial distinguido con el N° 34, ubicado en el Centro Comercial Cedeño, Avenida Bolívar cruce con Cedeño, Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, al Abogado ROBERTO HERNANDEZ BAZAN, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano HANNA HATEM KAYSARIE, libre de bienes y personas, quien lo recibe en este acto. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Es todo. Siendo las 4:15 de la tarde el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible) DRA. NINOSHKA ZAVALA. LA PARTE SOLICITANTE (DEMANDADA), (Fdo. Firma Ilegible). LA FUNCIONARIA POLICIAL, (Fdo. Firma Ilegible). EL NOTIFICADO Y SU ABG. ASISTENTE, (Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. Firma Ilegible).