REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 24 de enero de 2012
201º y 152º
SOLICITUD Nº 00473.
ACTA DE INSPECCIÓN JUDICIAL EXTRA LITEM.
En horas de despacho del día de hoy martes 24 de enero del año 2012, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal, mediante auto de fecha 19 de enero del presente año (Folio 04), se trasladó y constituyó este Tribunal, en un lote de terreno perteneciente a la Nación Venezolana, ubicado en la Av. Principal Algarrobal, casa N° 34, Campo de Carabobo de la Parroquia Independencia, Municipio Libertador del Estado Carabobo, con una extensión de aproximadamente MIL SEISCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (1.620 Mts2) Y DE CONSTRUCCION DE ANCHO VEINTISIETE METROS (27 MTS.) POR SESENTA METROS (60 MTS.), y cuyos linderos son: NORTE: Terrenos cuya ocupación son de la familia Conttin, SUR: Av. Principal Algarrobal, ESTE: Camino de Agua Dulce y OESTE: Con bienhechurias que son o fueron de Teodoro Cabaña. Se deja constancia de la presencia de la abogada BEATRIZ CONTTIN, inscrita en el IPSA N° 50.505, quien a la vez es la solicitante; a fin de practicar inspección judicial extra litem, de conformidad con los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. El Tribunal procede a designar en este acto, como auxiliar y fotógrafo, al ciudadano Viandro Parra, titular de la cédula de identidad Nº 11.807.080, quien estando presente y utilizando una videocámara marca sony modelo handycam, serial DCRSX65 y previa juramentación acepta tal designación. Este Tribunal observa lo siguiente: Primero: En relación a las siembras: Se deja constancia de la existencia de una conformación de siembra constituida por: un sembradío de árboles frutales, con una edad promedio de diez años (10) años caracterizado por cuatro (04) matas de aguacate, una (01) mata de mango, una (01) mata de jobo; una (01) mata de merey, una (01) mata de guayaba, cinco (05) matas de plátanos. Segundo: En relación a la cría: Se deja constancia de la existencia de: diez (10) pollos, quince (15) gallinas, tres (03) pavos y cinco (05) patos. Tercero: En relación a la construcción: Se deja constancia de una construcción de un porche de machihembrado, piedras y cerámica. Una sala comedor, cinco (05) cuartos, una (01) cocina empotrada, un (01) espacio de área de cocina, dos (02) baños de cerámica con sus accesorios, un (01) baño con ducha, diez (10) ventanas de hierro y vidrios, seis (06) puertas de hierro, cuatro (04) puertas de madera, techo de asbesto y cindú tejas, dos (02) corredores, lavandero, estacionamiento para varios carros, un (01) tanque de cemento de diez mil (10.000 lts.) litros y elementos de trabajo (pala, pico, machete, escardilla, chicora, rastrillo de hierro, entre otros). La extensión de terreno inspeccionada, se encuentra totalmente cercada de bloques y cerca de alfajol. Es todo, se leyó y conforme firman la presente acta.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
LUIS ALFREDO ESCALONA CARPIO
El Practico Fotógrafo
VIANDRO PARRA
Solicitante
BEATRIZ CONTTIN