REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 24 de enero de 2012
201º y 152º
SOLICITUD Nº 00472.
ACTA DE INSPECCIÓN JUDICIAL EXTRA LITEM.
En horas de despacho del día de hoy martes 24 de enero del año 2012, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal, mediante auto de fecha 19 de enero del presente año (Folio 05), se trasladó y constituyó este Tribunal, en un lote de terreno perteneciente a la Nación Venezolana, ubicado en las Americas sector la alegría, Calle Amor Patrio, de la Parroquia Independencia, Municipio Libertador del Estado Carabobo, con una extensión de aproximadamente TRES MIL OCHOCIENTOS SIETE METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (3.807,64 Mts2), y cuyos linderos son: NORTE: una línea continua que va desde los vértices Nros. 01, Nro. 02, Nro. 03. Nro. 04 en una extensión de 23 metros con ochenta y un centímetros, SUR: Una extensión de 98 metros con 50 centímetros, con terrenos que son o fueron propiedad del ciudadano Celestino Herrera, desde el vértice Nro. 08. Nro. 09. Nro. 010 y Nro. 011 y otro lote propiedad del ciudadano Félix Rondon que parte desde el vértice Nro. 01 hasta el vértice Nro. 012, ESTE: Este lindero se define desde el vértice Nro. 05 hasta los vértices Nro. 06 y Nro. 07, con terrenos que son o fueron propiedad de los ciudadanos Rodrigo Manzo y Bernabé Clavija, en una longitud de 16 metros con 76 centímetros y parte comprendida entre los puntos vértices Nro. 07 y Nro. 08, con la calle 24 de junio en una longitud de 42 metros con 35 centímetros y OESTE: Desde el vértice Nro. 012 hasta el vértice Nro. 01 en una distancia de 82 metros con 38 centímetros con terrenos que son o fueron de la ciudadana Justina Guillen. Se deja constancia de la presencia de la abogada BEATRIZ CONTTIN, inscrita en el IPSA N° 50.505, quien asiste al solicitante ciudadano OMAR RAFAEL MARANTE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7.001.250, a fin de practicar inspección judicial extra litem, de conformidad con los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. El Tribunal procede a designar en este acto, como auxiliar y fotógrafo, al ciudadano Viandro Parra, titular de la cédula de identidad Nº 11.807.080, quien estando presente y utilizando una videocámara marca sony modelo handycam, serial DCRSX65 y previa juramentación acepta tal designación. Este Tribunal observa lo siguiente: Primero: En relación a las siembras: Se deja constancia de la existencia de una conformación de siembra constituida por: Un sembradío de árboles frutales, con una edad promedio de quince años (15) años caracterizado por veinte (20) matas de mango, once (11) matas de naranja, tres (03) tres matas de limón; treinta (33) matas de cambures, una (01) mata de lechosa, tres (03) matas de aguacate, dos (02) matas de pan de palo, quince (15) matas de café, cuatro (04) matas de onoto, dos (02) matas de guanábana, una (01) mata de tamarindo, una (01) mata de mandarina-limón, cuatro (04) matas de mandarina, treinta (34) matas de yuca, dos (02) matas de mamón y treinta y cinco (35) palmas Segundo: En relación a la cría: Se deja constancia de la existencia de: Dos (02) cerdos hembras adultas, Diez (10) cerdos de aproximadamente cuarenta (40) kilos cada uno, doce (12) cerdos recién nacidos, también se evidencian pollos, gallinas, pavos y patos. Tercero: En relación a la construcción: Se deja constancia de la existencia de: Una (01) casa de dos (02) plantas de bloques, PRIMERA PLANTA: De once (11) metros por siete con setenta metros (7,70 mts.), cuatro (04) con baños cada una, dos (02) baños adicionales, lavandero, porche con piso de cerámica y cemento. SEGUNDA PLANTA: De once (11) metros por siete con setenta metros (7,70 mts.), tres (03) habitaciones, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) recibo y comedor, puertas de hierro, madera, techo de platabanda y tejas, escalera de cemento y cerámica empotrada, en sus alrededores con piedras decorativas lajas, un caney en platabanda y tejas, de seis (06) por trece (13) metros, piso de caico, con cocina tres (03) metros por tres con cincuenta metros (3,50), una área de parrillera de tres (03) metros por tres con cincuenta metros (3,50), una (01) cochinera de tres con diez (3.10) metros por once (11) metros, una (01) casa para perros de tres (03) por tres con treinta metros (3.30), con techo y cercada de bloques, un deposito de dieciséis con cincuenta metros (16.50) por ochenta y uno con noventa metros (81.90), con techo, una capilla de dos con cincuenta metros (2.50) por dos por cincuenta metros (2.50), un hidromatico, un aljibe de uno por uno (1x) por cuarenta metros, un (01) tanque de agua de 34.000 litros de agua, un (01) tanque de agua de 1000 lts, un (01) tanque de agua de 500 lts. y elementos de trabajo (pala, pico, machete, escardilla, chicora, rastrillo de hierro, entre otros). La extensión de terreno inspeccionada, se encuentra totalmente cercada de bloques. En este mismo acto se fija para el día 26 de enero del presente año a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para que tenga lugar el acto de declaración testifical de los ciudadanos Toribio León Jiménez y Blas Angarito Herrera, titulares de las cedulas de identidad Nros. 1.343.494 y 6.536.822 respectivamente. Es todo, se leyó y conforme firman la presente acta.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
LUIS ALFREDO ESCALONA CARPIO
El Practico Fotógrafo
VIANDRO PARRA
Solicitante
OMAR RAFAEL MARANTE RODRIGUEZ
Abogado Asistente
BEATRIZ CONTTIN