REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
- Sede Valencia -
Valencia, 27 de enero del 2012
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° GP02-L-2011-002659
PARTE ACTORA: MARITZA YAGUARO
DEMANDADA: V&G INVERSIONES, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto que en fecha 26 de ENERO del 2012 se recibió por ante la URDD diligencia suscrita por la ciudadana MARITZA YAGUARO, C.I N° 18.858.762, asistido por la Abg. MARYLINDA RODRIGUEZ, IPSA N° 171.683, a los fines de presentar desistimiento del procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. En Consecuencia este Juzgado visto que EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO no es contrario a Derecho y no es contrario al orden público, y cumple con los dos requisitos tales como: a) que la manifestación de voluntad conste en forma autentica y b) que sean hechos en forma pura y simple, sin términos, sin condiciones, ni modalidades de ninguna especie por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. Se leyó y conformes firman:
La Juez
Abg. Eylyn Rodríguez Rugeles-J
La Secretaria
Maria Luisa Mendoza
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 11:30 a.m
La Secretaria
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