PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, dieciocho de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

ASUNTO: GP02-L-2012-002176
PARTE ACTORA: RICHARD ALEXANDER URBANO TORRES
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C. A.
MOTIVO: REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS

Hoy, Dieciocho (18) de Diciembre de 2012, siendo las 09:00 a. m. día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR. En este estado la juez deja constancia que de las partes involucradas en este proceso, la parte ACTORA NO COMPARECIEO NI POR SI NI POR MEDIO DE APODERADO ALGUNO, vale decir, RICHARD ALEXANDER URBANO TORRES; SI COMPARECIO la parte Demandada, ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C. A., en la persona de su Apoderado Judicial abogado IDA CANELON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 102.448, consigna Poder que acredita su representación y a efectos videndi presentó su original para confrontarlo y que quede en autos certificado. Se estima de conformidad el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En consecuencia, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO debido a la incomparecencia del Actor, en los términos aquí establecidos, dándole efectos de Cosa Juzgada. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.

La Apoderado de la parte Demandada



LA SECRETARIA,

Abg. MARIA ELENA FUENTES