REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
- Sede Valencia -
Valencia, 07 de Diciembre del 2012
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° GP02-L-2012-001748
PARTE ACTORA: NEPTALY ZAMBRANO
DEMANDADA: PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL

Visto que en fecha 30 de Noviembre del 2012 se recibió por ante la URDD diligencia suscrita por el Abg. LEWIS STOFIKM IPSA Nº 32954, actuando en representación del ciudadano NEPTALY ZAMBRANO, C.I: Nº 9220997, a los fines de desistir del presente procedimiento. En Consecuencia este Juzgado analizadas las actas que conforman la presente causa se abstiene de HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO, en virtud que el abogado LEWIS STOFIKM IPSA Nº 32954, no tiene facultad expresa para desistir del procedimiento, no constando instrumento poder que lo acredite como apoderado judicial del actor. Es todo. Se leyó y conformes firman:
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los 07 días del mes de Diciembre del año 2012. 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Juez
Eylyn Rodríguez Rugeles-J
La Secretaria
Maria Luisa Mendoza


En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 02:10 p.m-


La Secretaria
Maria Luisa Mendoza