REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, 04 de diciembre de dos mil doce
202º y 153º



N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2012-000439
PARTE ACTORA: SOFIA DEL CARMEN GAVIDIA VARGAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DENNY RAFAEL ROMERO COLINA
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES LA MUNDIALISIMA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YBRAIN VILLEGAS
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 04 de diciembre de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la entidad de trabajo, INVERSIONES LA MUNDIALISIMA C.A, representada por su apoderado judicial abogado YBRAIN VILLEGAS, inscrito en el inpreabogados n° 61.340, se deja expresa constancia de que la parte actora, SOFIA DEL CARMEN GAVIDIA VARGAS, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.



EL JUEZ


ABG. EUSTOQUIO JOSE YÉPEZ GARCIA





LA PARTE ACTORA LA PARTE DEMANDADA





LA SECRETARIA


ABG: DANILY ALVAREZ MAZZOLA