N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2012-000491.
PARTE ACTORA: JAKSON DANIEL MARTINEZ MALPICA (NO COMPARECIO)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIO)
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA A EMPRESAS, COMPAÑÍA ANONIMA (S.A.T.E., C.A.)
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA: FRANKLIN GARCIA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

Hoy, 18 DE DICIEMBRE DE 2012, SIENDO LAS 10:30 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA: JACKSON DANIEL MARTINEZ MALPICA, titular de la cedula de identidad Nº V-16.801.237, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por la empresa demandada SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA A EMPRESAS, COMPAÑÍA ANONIMA (S.A.T.E., C.A.) compareció a la audiencia su Apoderado Judicial Abogado FRANKLIN GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Numero 69.995, según instrumento poder que presentó para su vista y devolución. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 202 ° y 153 °
EL JUEZ

ABG. JOSE GREGORIO KELZI




APODERADO DE LA EMPRESA DEMANDADA






LA SECRETARIA


ABG. DINA PRIMERA ROBERTIS