REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Dos (02) de agosto de 2012
202° Y 153°

ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-000374
PARTE ACTORA: JUAN MIGUEL SEQUERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CEDEÑO MINERVA ANAIS
PARTE DEMANDADA: ELSA MARGARITA SEQUERA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AKIS LINARES y OMAIRA AGUILARTE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Dos (02) de agosto de 2012, oportunidad fijada para tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguna, así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la demandada ELSA MARGARITA SEQUERA, representada por las abogadas en ejercicio AKIS LINARES y OMAIRA AGUILARTE, inscritas en el IPSA bajo el Nro. 66.966 y 157.809, en su carácter de apoderadas judiciales, en esta oportunidad se le hace entrega de las pruebas a la parte demandada.
En vista de la incomparecencia del trabajador y por cuanto no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,

Dra. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.

LA PARTE DEMANDADA.,

La Secretaria.,

Abg. Dayana Tovar.