REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Diez (10) de Agosto de dos mil doce
202º y 153º


Nº DE EXPEDIENTE: GP02-S-2011-000774
CONSIGNATARIO: KENZIA, C. A,
BENEFICIARIO: MARIANO ALEXIS BELISARIO
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia presentada por el abogado en ejercicio ALBERTI SCHILLING, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 40.543, en asistencia del ciudadano MARIANO BELISARIO cédula de identidad Nº 3.808.559, mediante la cual APELA del Acta de fecha 07/08/2012, donde este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, celebró Audiencia conciliatoria con la comparecencia de ambas partes, siendo la Empresa KENZIA, C. A, representada por la Abogada DAIANA ZABALETA Inpre Nº 61.732, y en la que No se llegó a ningún acuerdo. Este Tribunal Séptimo de Sustanciación Mediación y Ejecución, niega la apelación, por considerar que es un auto de mero tramite en atención a lo expuesto por la Jurisprudencia y la doctrina; que son dictadas por el Juez en el curso del proceso y que en acatamiento de una norma procesal para asegurar la continuación del procedimiento que no llevan implícitas el fondo de lo controvertido, en consecuencia no producen gravamen alguno a ninguna de las partes involucradas en el proceso. Por lo tanto no son susceptibles de este medio de impugnación. Así se decide.
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS


LA SECRETARIA,

Abg. MARIA ELENA FUENTES.