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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal  Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
 Valencia, catorce de agosto de dos mil doce
 202º y 153º
 
 N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-001361.
 PARTE ACTORA:  JOSE MANUEL GUEVARA.
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARISOL SANTELIZ.
 PARTE DEMANDADA: PROAGRO C.A.
 APODERADOS  PARTE DEMANDADA: MARBELLA ARANA.
 MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.
 
 
 En el día hábil de hoy,   14  de   Agosto  de  2012,    siendo las   10:00  a.m.,     día y hora fijados para que tenga lugar  la  Audiencia Preliminar  en la presente causa;   habiéndose efectuado  el  llamado de Ley;    se deja  expresa constancia que la Parte Actora,  ciudadano JOSE MANUEL GUEVARA.,    titular de la cédula de identidad N°  7.118.623;         no  se hizo  presente ni por sí,  ni por medio de apoderado judicial alguno.-  Así mismo se deja constancia de la comparecencia a este acto de la apoderado judicial de la empresa  demandada PROAGRO C.A.;   abogado  MARBELLA ARANA,   inscrita en el Ipsa bajo el N° 20.834;    En este estado,   vista  la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar,  resulta forzoso para  este Juzgado Tercero de Primera Instancia  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarar:  DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-
 
 PUBLIQUESE. REGISTRESE.
 DEJESE COPIA AUTORIZADA.
 
 La Jueza,
 
 Abg. FARIDY  SUAREZ COLMENARES.
 
 
 
 El  Secretario,
 
 Abg. JUAN CARLOS PEREZ.
 
 
 
 En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 2:15 p.m.-
 
 
 El SECRETARIO,
 
 JUAN CARLOS PEREZ.-
 
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