REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 09 de Agosto de 2012
202º y 153º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-002744.
PARTE ACTORA: MARISELA SANGRONIS, ALICIA ROJAS, MARIA RODRIGUEZ y THAIS MONTERO (No Compareció).
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (No Compareció).
PARTES CO-DEMANDADAS: JHONSON & JHONSON DE VENEZUELA, S.A. y RECEMCA SERVICE, C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SAUL SILVA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 09 DE AGOSTO DE 2012, SIENDO LAS 8:45 AM., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: MARISELA SANGRONIS, ALICIA ROJAS, MARIA RODRIGUEZ y THAIS MONTERO, titulares de la cédulas de identidad Nros.14.426.537. 10.733.980,7.029.469, y 7.137.681, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia de la presencia por la empresa co-demandada JHONSON & JHONSON DE VENEZUELA, S.A., mediante su apoderada judicial Abogado SAUL SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 110.909, según consta de instrumento poder otorgado por ante la Notaria Publica Sexta de Chacao Estado Miranda, en fecha 26-09-11, bajo el No.47, Tomo.174, el cual presenta para su vista y devolución dejando copia certificada en su lugar, e igualmente se deja constancia de la incomparecencia de la empresa co-demandada RECEMCA SERVICE, C.A. ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 202 ° y 153 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA

La parte Compareciente.


EL SECRETARIO
ABG. ____________________