República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del
Estado Carabobo
202° - 153°
En el día de hoy, 07 de Agosto de 2012, siendo a las 10:00 de la mañana, sé trasladó y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Jueza Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la secretaria titular YULYMAR FONSECA, en compañía del ciudadano JORGE LUIS D´ LIMA, titular de la cédula de Identidad Nro 4.133.506, actuando con el carácter de Presidente de la DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C. A., debidamente asistido por el Abogado MARIO MEJIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.140, en la sede donde funciona la Sociedad Mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA C.A., ubicada en el Barrio Impacto, Sector La Loma, Avenida Venezuela, Municipio Valencia Estado Carabobo, a los fines de cumplir con la Comisión que cursa ante este Despacho bajo el Nro. 3.770; que contiene la medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, según expediente N° 20.967, que recae sobre los bienes propiedad de la parte demanda los ciudadanos IVÁN JOSÉ DÍAZ IBAÑEZ, ANTONIO JOSÉ LÓPEZ, LUIS A CARDENAS y GUIDO JOSÉ MOLLEJA C., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.528.361, 7.123.818, 10.686.140 y 7.079.696, respectivamente, Seguidamente el tribunal procede a notificar a la ciudadana YAJAIRA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 7.049.220, quien quedo notificada de la misión a cumplir por el tribunal. Seguidamente la parte actora, antes identificada, expone: Solicito al tribunal designe depositaria judicial y perito avaluador a los fines de ley. Acto seguido el tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A., en la persona de su representante legal ciudadana YAJAIRA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 7.049.220, quien presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente la parte actora JORGE LUIS D´ LIMA, titular de la cédula de Identidad Nro 4.133.506, actuando en su carácter de Presidente de la DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C. A., asistido por el Abogado MARIO MEJIAS, ya identificado, exponen: Señalo al Tribunal para ser EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el vehículo Marca: DAEWOO; Modelo: MATIZ SE SINC; Año: 2002; Color: BLANCO; Serial de Carrocería: KLA4M11BDYC523958; Placa: GBH-96Y; Tipo: SEDAN; Uso PARTICULAR, el cual pertenece al demandado GUIDO JOSÉ MOLLEJA C., venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 7.079.696. Acto seguido la representante de la depositaria judicial manifiesta que el vehículo presenta las mismas características de cuando fue embargado por cuanto se encuentra bajo la guarda y custodia de la



misma y lo valora en la cantidad de Veinte Mil Bolívares (Bs. 20.000,00). Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el vehículo Marca: DAEWOO; Modelo: MATIZ SE SINC; Año: 2002; Color: BLANCO; Serial de Carrocería: KLA4M11BDYC523958; Placa: GBH-96Y; Tipo: SEDAN; Uso PARTICULAR, el cual pertenece al demandado GUIDO JOSÉ MOLLEJA C., venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 7.079.696. Igualmente, ordena se mantengan el vehículo en la Depositaria Judicial Venezuela C.A., declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la práctica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordenando regresar a su sede, siendo las 11:40 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZA TITULAR LA NOTIFICADA
DRA. MAURICIA GONZÁLEZ VALLES.



PARTE ACTORA DEPOSITARIA JUDICIAL




LA SECRETARIA TITULAR
YULYMAR FONSECA