República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
202° - 153°


En el día de hoy, 13 de agosto de 2012, siendo las 3:30 de la tarde, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogada en ejercicio NELLY GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.27.230, de igual manera el Tribunal se encuentra acompañado del funcionario policial, oficial agregado ANDRES GUILLERMO GARCIA, Placa No. 1880, en el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial anexo de una casa ubicada en el Barrio 3 de mayo, Intercomunal La Isabelica, numero 15, Parroquia Rafael Urdaneta, Valencia Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 3778, contentiva del decreto de SECUESTRO, emanado del Juzgado Séptimo de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro. 2752. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano LUIS GUILLERMO ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nro. 7.030.977, quien quedo notificado de la misión del tribunal. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio NELLY GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.27.230 expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial a los fines de ley. Acto seguido el tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil depositaria Judicial Venezuela, C.A, en la persona de su representante legal ciudadano JESUS GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 5.480.302, quien presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio NELLY GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.27.230 expone: Señalo al tribunal para que sea SECUESTRADO, el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial anexo de una casa ubicada en el Barrio 3 de mayo, Intercomunal La Isabelica, numero 15, Parroquia Rafael Urdaneta, Valencia Estado Carabobo. Seguidamente este TRIBUNAL TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS, actuando por comisión en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara SECUESTARDO el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial anexo de una casa ubicada en el



Barrio 3 de mayo, Intercomunal La Isabelica, numero 15, Parroquia Rafael Urdaneta,
Valencia Estado Carabobo y lo deja bajo la guarda y custodia de su propietaria WILLIAM ERNESTO MONTILLA ACOSTA, tal como fue acordado por el tribunal de la causa. Seguidamente el ciudadano LUIS GUILLERMO ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nro. 7.030.977, asistido por la abogada en ejercicio MARGARITA FUENTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.49.875 expone: Libre de apremio y coacción, asistido por mi abogada de confianza, me doy por citado, renuncio al lapso de comparecencia, convengo en la demanda en todas y cada una de sus partes, tanto en los hechos por ser ciertos como en el derecho por estar bien fundamentada y con la finalidad de ponerle fin al presente procedimiento y evitar daños adicionales a la parte actora, convengo especialmente en el cumplimiento del contrato de arrendamiento y en este acto entrego el inmueble objeto de la medida totalmente desocupado de personas y bienes, procediendo a trasladar todos mis bienes muebles a mi cuenta y riesgo a los fines de evitar mayores consecuencias económicas a un local cercano. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la práctica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 5:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ TITULAR EL DEMANDADO
DRA. MAURICIA GONZALEZ



PARTE ACTORA FUNCIONARIO POLICIAL


DEPOSITARIA


LA SECRETARIA
ABOG. YULYMAR FONSECA