ASUNTO N°: GP21-L-2012-000260
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO VILLALBA y JAVIER ANTONIO PAREDES (NO COMPARECIÒ)
APODERADO JUDICIAL: (NO COMPARECIÒ).
PARTE DEMANDADA: MCM CONSTRUCCIONES y MONTAJES DE VENEZUELA, S.A.
APODERADO JUDICIAL: FABIOLA RONDON
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.

Hoy, 02 DE AGOSTO DE 2012, SIENDO LAS 11:30 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CIUDADANOS: JOSE GREGORIO VILLALBA y JAVIER ANTONIO PAREDES, titulares de la cedula de identidad numero V-16.183.020 y 10.234.493, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por la empresa demandada MCM CONSTRUCCIONES y MONTAJES DE VENEZUELA, S.A. comparece su apoderada judicial abogada FABIOLA RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 107.446, según documento poder que presenta para su vista y devolución dejando copia simple en su lugar previa confrontación con su original. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 202 ° y 153 °



ABG. JOSE GREGORIO KELZI TABBAN
Juez del Tribunal Décimo de Primera Instancia de S.M.E.



REPRESENTACIÓN DE LA DEMANDADA


ABG. DINA PRIMERA ROBERTIS
Secretaria