REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 20 de Abril del año dos mil Doce
202º y 153º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Expediente: GP02-L-2012-000288
Partes DEMANDANTES: NUBIA LINARES BRETO Y OTRAS
Parte DEMANDADA: ASFALTADORA REGIONAL C.A.
Motivo: ACCIDENTE DE TRABAJO.
Vista la transacción que antecede, suscrita por el Abg. WILLIAM GANEM BARBELLA, IPSA Nº 39864, actuando en su carácter de autos, por una parte y por la otra el ABG. WILKINSON VILLAFAÑE, IPSA N° 146.593, actuando en su carácter de apoderado judicial de ASFALTADORA REGIONAL, C.A., diligencia a los fines de celebrar transacción entre las partes, asimismo solicitan la homologación de la misma. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables, tal como consta a los autos el carácter con que actúan las partes, generando la representación de las partes así como las consecuencias jurídicas derivadas de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se ordena el cierre del expediente.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR J.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 9:50 a. m.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR J.
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