En horas de despacho del día de hoy, Once (11) de Abril de dos mil Doce (2012), siendo las 10:15 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble constituido por un Local Comercial ubicado en la Calle 103 (Rondón) número cívico 99-8, Parroquia Catedral, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la Abogada GLORIA PALMA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 2.729, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano GIUSEPPE GUERRA BRANDONISIO, Administrador de ALFA-BETA INVERSIONES, C.A., a los fines de practicar las medidas de Entrega Material y Embargo Ejecutivo decretadas por el comitente. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión policial integrada por cuatro funcionarios de la Policía del Estado Carabobo, a cargo del Oficial Agregado Ramírez Leonardo, Credencial 2318. Presente el ciudadano ALEMAN JESUS ZABALETA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 3.922.550, a quien en su carácter demandado se le notificó de la misión a realizar. Interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal deje constancia que existe en el inmueble una pizarra acrílica donde se lee curso básico de derechos Humanos. Información Profesores César Silva y Bárbara Vásquez. 04164363857.04244398823. Talleres: Producción Radial. Locución y Oratoria. Animación Radio TV. Ceremonia y Protocolo. Profesor Orlando 04140401245. Además que hay un grupo de personas recibiendo clases por parte del demandado, quienes manifestaron que recibían clases de auxiliar de veterinaria. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora hace constar constancia que ciertamente en una de las paredes del inmueble hay una pizarra acrílica donde se lee curso básico de derechos Humanos. Información Profesores César Silva y Bárbara Vásquez. 04164363857.04244398823. Talleres: Producción Radial. Locución y Oratoria. Animación Radio TV. Ceremonia y Protocolo. Profesor Orlando 04140401245. También hay un grupo de aproximadamente 12 personas que manifestaron que recibían clases de auxiliar de veterinaria, por parte del ciudadano ALEMAN ZABALETA. El Tribunal insta al demandado a trasladar sus bienes quien manifestó que su abogado venía en camino. El Tribunal concede un plazo de 30 minutos contados a partir de las 11:10 de la mañana para que el Abogado haga acto de presencia. Se hizo presente el Abogado JOUSEFF HASSAN, quien fue llamado por el demandado, conversó con la parte actora, y le manifestó al demandado que por tratarse de un juicio que se encuentra terminado y en etapa de ejecución de Sentencia debían acatar la orden del comitente, seguidamente se retiró del lugar por cuestiones de trabajo en otro lugar. Siendo las 12:45 del medio día, se hace presente la ciudadana BARBARA VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 7.058.724, en su carácter de Defensora de los Derechos Humanos. Se hizo presente la Médica Integral FERMIN RAQUEL, titular de la Cédula de Identidad N° 4.133.832, en su carácter de Residente de Medicina General Integral Misión, quien manifiesta que el paciente (demandado) presenta tensión arterial de 170/100 mm/Hg, quien sugiere que el mismo sea trasladado al CDI, por cuanto se le colocó una tableta de Nifedipino Sublingual y una tableta de diazepan vía oral, manteniéndose aún así las mismas cifras tensionales ya que tiene antecedentes de crisis hipertensivas severas, arritmia cardiáca y accidente cerebrovascular, con secuela motora en miembro inferior izquierdo, me trasladé al CDI Valencia Centro donde el director me informó que no contaban con unidad de ambulancia en estos momentos, me ofrecí a trasladar al paciente en un taxi a lo cual se negó, razón por la cual me retiro a mi punto de trabajo, siendo las 1:45 de la tarde. Interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal se habilite todo el tiempo necesario para la práctica de la medida. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora declara habilitado todo el tiempo necesario para continuar con la práctica de la medida. Se hace presente la unidad 1 de Atención Inmediata, conducida por Rafael Torrealba, con la Doctora María Herrera, y el paramédico Juan Carlos Sánchez, procedió la doctora a evaluar al paciente (demandado) dando como resultado una presión arterial 150/100 mm/Hg y procedieron a trasladarlo al CDI Valencia Centro. Seguidamente la ciudadana MILAGROS PALENCIA DIAZ, titular de la Cédula de Identidad N° 7.103.282, quien manifestó ser cónyuge del demandado procedió a trasladar todos los bienes bajo su propia cuenta y riesgo a la siguiente dirección: Tocuyito Sector El Rosario, Municipio Libertador del Estado Carabobo. En este estado interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal me haga Entrega Material del Inmueble donde se encuentra constituido y se abstenga de practicar el Embargo Ejecutivo, reservándome el derecho de practicarlo en otra oportunidad. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente hace ENTREGA MATERIAL de un inmueble constituido por un Local Comercial ubicado en la Calle 103 (Rondón) número cívico 99-8, Parroquia Catedral, Municipio Valencia del Estado Carabobo libre de bienes y personas a la parte actora. Igualmente solicitado como ha sido el Tribunal se abstiene de practicar el Embargo Ejecutivo. Se hace constar que no se presentó incidencia alguna, y fueron respetados todos los derechos de los presentes. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y que las firmas estampadas son de manera voluntaria. Es todo. Siendo las 5:30 de la tarde el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible). DRA. NINOHSKA ZAVALA. LA PARTE ACTORA, (Fdo. Firma Ilegible). DEFENSORA DE LOS DERECHOS HUMANOS, (Fdo. Firma Ilegible). POR EL DEMANDADO, (Fdo. Firma Ilegible). EL FUNCIONARIO POLICIAL, (Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. Firma Ilegible).

ABG. ZORKA CARBONELL R.