REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado decimo primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, diez de abril de dos mil doce
201º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2011-000413
PARTE ACTORA: ARISTOBULO JOSE ROJAS SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LOURDES JOSEFINA MARTINEZ
PARTE DEMANDADA: PERNIL Y PUNTO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BENITO BARBOZA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 10 de abril de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, comparecieron a la misma, por la empresa demandada PERNIL y PUNTO, C.A., representada por su apoderado judicial abogado BENITO BARBOZA, inscrito en el inpreabogados n° 122.101, asimismo, se deja constancia expresa que el ciudadano Aristóbulo, JOSE ROJAS, venezolano, mayor de edad portador de la cedula de identidad n° 11.100.960, no compareció a la realización de la audiencia ni por si ni por medio de apoderado alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la ley orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del trabajo de la circunscripción judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “ DECLARA EL DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO”, Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 201° y 153 °
EL JUEZ
ABG. EUSTOQUIO JOSE YÉPEZ GARCIA
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG: DANILY ALVAREZ MAZZOLA
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