REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 21 de Septiembre del año dos mil once
201º y 152º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-001414
PARTE ACTORA: ELIZABET ONTIVERO
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 21 de Septiembre del año 2011, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, tal como se evidencia a los autos y de las diligencias que anteceden y del apunte de agenda del Sistema Juris 2000, se deja expresa constancia que la parte actora, ELIZABET ONTIVERO, titular de la cedula de identidad N° 4.869.799, quien no compareció ni por si ni por apoderado judicial alguno la juez de este tribunal pidió al ciudadano Alguacil ENDER MANEIRO, que anunciara nuevamente a viva voz el llamado a la audiencia y siendo las 11:40 p.m., la juez dejó constancia en la tablilla con su firma la no asistencia de la parte demandante, solo la comparecencia de la Procuradora de Trabajadores ANA BOLIVAR, IPSA bajo el N° 14.987, quien no posee poder, lo cual se evidencia a los autos, y por la demandada: ALCALDIA DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO, representado por su apoderado judicial: ARGENIS GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 12.994. De la incomparecencia de la parte actora, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 201° y 152°.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
NO COMPARECIO

Procuradora de Trabajadores

Solo a los fines de Salvaguardar su responsabilidad como funcionaria.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR