REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Diecinueve de Septiembre de dos mil once
201º y 152º
SENTENCIA
EXPEDIENTE: GP02-L-2011-000779
PARTE ACTORA: ANGEL RAMON DIAZ.
PARTE DEMANDADA: ALARMACENTER 24, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Vista la transacción presentada en fecha 12 de Agosto del 2011, por el ciudadano ANGEL RAMON DIAZ, titular de la cédula de identidad N.° 13.203.499, asistido por la abogada FRANCIS ALFONZO MARIN, inscrita en el Inpreabogado N.° 54.825, actuando como demandante y por la empresa demandada, la abogada MARIA MAGDALENA ROJAS, inscrita en el Inpreabogado N.° 40.220, actuando como apoderada Judicial de la empresa ALARMACENTER 24, C.A., mediante la cual, el ciudadano ANGEL RAMON DIAZ, declara recibir la cantidad de Siete Mil Bolívares (Bs. 7.000,oo) por parte de la empresa ALARMACENTER 24, C.A, por lo que solicitan al Tribunal que la homologue y le imparta el carácter de Cosa Juzgada.
El Tribunal de la causa, con vista a la transacción presentada por las partes y verificado el pago realizado y suscrito entre las partes y por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo lo Homologa en los Términos acordado por las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se ordena incorporar las pruebas al expediente y librar oficio a los fines del cierre del mismo.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ELENA FUENTES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
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