República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo



En el día de hoy, 29 de septiembre de 2011, siendo las 2:30 de la tarde, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora ciudadano VICENTE RAFAEL PARRA SALAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.3.997.321, asistida por la abogada en ejercicio EDILIA MARIA MORILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.945, en el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial, ubicado en el Centro Comercial denominado Centro Cristal, construido sobre la parcela N°111-R-4, distinguido con el Nro. PS-7, Etapa-A, Planta Baja, Urbanización Las quintas, situada en el Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 3656, contentiva del decreto de ENTREGA MATERIAL, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro. 6476. Seguidamente el tribunal procede a notificar al ciudadano JESUS GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 5.480.302, representante de la Depositaria Judicial Venezuela C.A, quien quedo impuesto de la misión del tribunal. Seguidamente la parte actora ciudadano VICENTE RAFAEL PARRA SALAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.3.997.321, asistida por la abogada en ejercicio EDILIA MARIA MORILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.945, expone: Solicito al tribunal me haga ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial, ubicado en el Centro Comercial denominado Centro Cristal, construido sobre la parcela N°111-R-4, distinguido con el Nro. PS-7, Etapa-A, Planta Baja, Urbanización Las Quintas, situada en el Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, inmueble que se encuentra bajo la guarda y custodia de la Depositaria Judicial Venezuela, C.A. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial, ubicado en el Centro Comercial denominado Centro Cristal, construido




sobre la parcela N°111-R-4, distinguido con el Nro. PS-7, Etapa-A, Planta Baja, Urbanización Las Quintas, situada en el Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, al ciudadano VICENTE RAFAEL PARRA SALAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.3.997.321, tal como fue acordado por el tribunal de la causa, y el mismo se encuentra totalmente desocupada de personas y bienes. Seguidamente el tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de la personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 3:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.